ORDEN SND/380/2020, DE 30 DE ABRIL, SOBRE LAS CONDICIONES EN LAS QUE SE PUEDE REALIZAR ACTIVIDAD FÍSICA NO PROFESIONAL AL AIRE LIBRE DURANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.
DEPORTE AL AIRE LIBRE. POSIBLE DESDE 2.05.2020
OBJETO
Realizar actividad física al aire libre:
o Deporte no profesional e individual (cualquiera que sea)
o Paseos
SUJETOS
Todos desde 14 años (inclusive) en adelante
DESDE CUÁNDO
Desde el día 2.05.2020 a las 00:00 horas
REALIZACIÓN>> Requisito PROXIMIDAD:
- PASEOS
1 Km máximo del domicilio
Cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas
- DEPORTE
Dentro del municipio de residencia (sin límite)
Cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas
A y B. PASEOS + DEPORTE
NO: usar vehículo a motor propio o público público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física
NO: instalaciones deportivas cerradas
REALIZACIÓN>> Requisito Nº PERSONAS:
- PASEOS
Acompañado de 1 sola persona conviviente.
Excepción. Necesidad de la persona, que le impida salir sola: además de 1 persona conviviente, también por 1 persona:
o empleada de hogar a cargo
o o persona cuidadora habitual.
Excepción. Mayores de 70 años (se entiende que aunque pudieran salir solas porque en otro caso serían de la excepción del párrafo anterior) podrán salir acompañadas de una persona conviviente de entre 14 y 70 años
- DEPORTE
Individualmente (artículo 7.1.e), g) y h) y artículo 2 de esta Orden)
Excepción. Necesidad de la persona, que le impida salir sola: puede acompañarle sólo 1 de estas:
o 1 persona conviviente
o O 1 persona empleada de hogar a cargo
o O 1 persona cuidadora habitual.
Excepción. Mayores de 70 años (se entiende que aunque pudieran salir solas porque en otro caso serían de la excepción del párrafo anterior) podrán salir acompañadas de una persona conviviente de entre 14 y 70 años
REALIZACIÓN>> Requisito SALUD: Prohibido a personas:
o Con síntomas de un diagnóstico por COVID-19
o Que estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19.
o Que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19.
o Que residan en centros sociosanitarios de mayores.
o Que residan en centros sociales de carácter residencial u otros servicios residenciales análogos. Para estos será como digan las CCAA
REALIZACIÓN>> Requisito FORMA:
Distancia entre personas: 2 metros mínimo.
Evitar:
o espacios concurridos
o lugares donde puedan existir aglomeraciones
Sin paradas no necesarias, es decir, de forma continua. Si la condición física obliga se puede hacer:
o 1 sola parada en las vías o espacios de uso público
o El tiempo mínimo imprescindible.
Respetar las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19
REALIZACIÓN>> Requisito CUANTITATIVO (¿Cuántas veces se puede hacer?):
1 vez al día.
Salvedad: Además de este paseo/deporte la misma persona puede:
o Salir a comprar, farmacia…todas las actividades permitidas hasta ahora (por tanto sin franja horaria).
o Salir en el paseo con hijos menores de 14 años SE MODIFICA LA FRANJA HORARIA DE ÉSTOS: entre las 12:00 horas y las 19:00 horas.
REALIZACIÓN>> Requisito HORARIO (¿a qué hora se puede hacer?):
Franja horaria general:
o entre las 6:00 horas y las 10:00 horas
o y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas
Franja horaria > 70 años Y personas que no puedan salir solas:
o entre las 10:00 horas y las 12:00 horas
o y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas
Franja horaria municipios/ELM una población igual o inferior a 5.000 habitantes. Franja única:
o entre las 6:00 horas y las 23:00 horas
Excepción (no aplicar franjas): por razones médicas debidamente acreditadas aconsejen fuera de las mismas.
Excepción (no aplicar franjas): Motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad, es decir que si tienen que salir con estas otras personas dependientes podrán hacer su paseo/deporte individual fuera de la franja que le correspondería (pero debe justificarlo).
Ejemplo. La misma persona adulta (entre 14 y 69 años) puede hacer deporte (él/ella solo/a) en su horario permitido (A1) [también podría dar un paseo en lugar de hacer deporte, con su pareja] y luego acompañar a dar un paseo a su padre (que es > 70 años y convive con él/ella) a las 19:00 horas, antes haber ido al supermercado a las 15:00 horas y haber dado un paseo con sus 3 hijos (máximo permitido) a las 17:00 horas.
A1 |
B1 |
C |
B2 |
A2 |
Paseo y Deporte años > 14 < 69 |
Paseo y Deporte años > 70 y Dependientes |
Paseo niños < 14 años |
Paseo y Deporte años > 70 y Dependientes |
Paseo y Deporte años > 14 < 69 |
6:00-10:00 |
10:00-12:00 |
12:00-19:00 |
19:00-20:00 |
20:00-23:00 |
Municipios/ELM una población igual o inferior a 5.000 habitantes |
OBLIGACIÓN AYUNTAMIENTOS (finalidad: respeto distancia seguridad)
Repartir el espacio público con el siguiente orden de prioridad:
1º. Paseantes.
2º. Bicicleta.